8 de septiembre de 2009

Jauntsaras I


03.2008
"Artículo primero.- Se consideran Monumento Natural los árboles o grupos de árboles que merecen un régimen de protección especial por sus medidas excepcionales dentro de la especie, por su edad, conformación, historia, particularidad científica, interés ecológico, paisajístico o cultural."

3 de septiembre de 2009

Mont de Marsan

08.2009
Atendiendo a su caudal, el Midou debería terminar aquí como un afluente de la Douze. Sin embargo, en lugar de conservar el nombre de ésta como la más fuerte, se juntan los dos en el de la Midouze.